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NUEVOS AYUNTAMIENTOS, VIEJOS RETOS: ¿OTRA POLÍTICA DE VIVIENDA ES POSIBLE?

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Por Intermedios Desde La Ciudad Viva

“En los últimos días, tras el nuevo panorama político que ha dibujado el resultado de las elecciones municipales y autonómicas celebradas el pasado 24 de mayo y a la vista de la solvencia de candidaturas ciudadanas como las de Madrid o Barcelona, con capacidad para formar gobierno local y liderar ambos ayuntamientos, son muchos los que ponen en duda el margen de maniobra con el que estas corporaciones municipales contarán para afrontar un tema que, en gran medida, ha sido eje fundamental de sus programas electorales: el derecho a la vivienda y la paralización de los desahucios.

No cabe duda de que ningún ayuntamiento tiene capacidad legal para modificar la ley hipotecaria vigente. Tampoco la tienen para legislar en materia de vivienda, cuya competencia está atribuida a las diferentes comunidades autónomas, salvo cuando, como en el caso de Andalucía, las medidas propuestas parecen entrar en conflicto con los intereses económicos nacionales. Sin embargo, el ámbito municipal no deja de ser el nivel en el que éstas políticas se concretan en actuaciones específicas, en estrategias de trabajo que marcan las líneas por las que directrices generales se materializan de una u otra forma, y al mismo tiempo es el ayuntamiento la administración a la que las personas acuden en primera instancia en busca de respuesta ante una situación de demanda, de vulneración de derechos, o de emergencia, como en este caso, habitacional.

En ese sentido en los últimos años hemos presenciado la puesta en marcha medidas para combatir los desahucios y garantizar el derecho a la vivienda, bajo el amparo, o no, de otras normativas de rango superior que las avale, por diferentes ayuntamientos. Controvertidas fueron las adoptadas por el Ayuntamiento de Terrassa, que en apoyo a la moción promovida por la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) de aplicación de la Ley de la Vivienda Catalana 18/2007, se comprometió a penalizar a entidades financieras propietarias de viviendas que hayan permanecido vacías durante más de dos años. En el contexto andaluz, y cuando hace pocos días que se dió a conocer la sentencia del Tribunal Constitucional al recurso presentado por el Gobierno de la nación contra el Decreto Ley 6/2013 de medidas para asegurar el cumplimiento de la función social de la vivienda aprobado por la Junta de Andalucía, pionera en cuanto a medidas de penalización y expropiación temporal de vivienda vacía en manos de personas jurídicas, también encontramos vías de trabajo a nivel municipal que, con voluntad política, demuestran la capacidad de un ayuntamiento para poner en marcha estrategias que traten de combatir los desahucios. (…)”

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